

A ODETTE SÁNCHEZ BAZALDÚA POR DELITOS ELECTORALES
• Es la sentencia más alta obtenida por la violación a disposiciones electorales • Sánchez Bazaldúa es responsable de la expedición ilícita de credenciales para votar La Procuraduría General de la República informa que el Cuarto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, confirmó y dictó sentencia condenatoria de doce años de prisión y doscientos ochenta días de multa, contra Odette Sánchez Bazaldúa, por su responsabilidad en Delitos Electorales. Por cometer fraude genérico contra varias personas, a la sentenciada se le negó la posibilidad de sustituir la pena privativa de libertad por ser superior al máximo previsto por la Ley, que son cuatro años. Según consta en la averiguación previa 399/FEPADE/2007, Sánchez Bazaldúa tramitó y obtuvo, de manera ilícita, cuatro credenciales para votar con los nombres falsos de: Susana Rocha Altamirano, Marisol Rosas Zavala, Yolanda Rodríguez Aguilar y Fernanda Arteaga Gallegos. Derivado de esto, el Representante Federal acreditó todos los elementos de culpa contra la sentenciada y el juzgador le impuso una pena de tres años por cada uno de los cuatro ilícitos electorales, los cuales en su conjunto suman doce años de prisión, que es la pena más alta que se ha impuesto a una persona por un Delito Electoral Federal. Es importante mencionar que en lo que respecta a Delitos Electorales y en materia de Registro Nacional de Ciudadanos, previsto en el artículo 411 del Código Penal Federal, menciona que se impondrá de setenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años, a quien por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal Electoral, de los listados nominales o en la expedición ilícita de credenciales para votar. Con acciones como ésta, la Procuraduría General de la República, a través de la FEPADE, refrenda su mandato legal de investigar y perseguir hasta sus últimas consecuencias, a quienes cometan delitos electorales.
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