En comisiones, el Senado aprobó en lo general la reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que permite al presidente de la República aprobar el envío de tropas a las entidades que consideren que existe una afectación a la seguridad interior.
De esta manera, sólo los gobernadores o los congresos estatales podrán solicitar al Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP) que intervenga el Ejército en sus entidades.
Por otro lado, se reformó el artículo 72 para que los militares que cometan abusos contra civiles durante los operativos sean juzgados por la autoridad civil.
La decisión fue avalada por senadores del PAN, PRI y PRD, quienes aprobaron modificaciones al proyecto enviado por el presidente Felipe Calderón Hinojosa para someter a la jurisdicción civil a los elementos de las fuerzas armadas, en los términos de la Constitución y de los tratados internacionales firmados por México.
En la reforma, que deberá someterse a la consideración del Pleno del Senado, se estableció que las tropas podrán instalar retenes, pero deberán cumplir con un protocolo de respeto a los derechos humanos y garantías individuales.
De esta manera, sólo los gobernadores o los congresos estatales podrán solicitar al Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP) que intervenga el Ejército en sus entidades.
Por otro lado, se reformó el artículo 72 para que los militares que cometan abusos contra civiles durante los operativos sean juzgados por la autoridad civil.
La decisión fue avalada por senadores del PAN, PRI y PRD, quienes aprobaron modificaciones al proyecto enviado por el presidente Felipe Calderón Hinojosa para someter a la jurisdicción civil a los elementos de las fuerzas armadas, en los términos de la Constitución y de los tratados internacionales firmados por México.
En la reforma, que deberá someterse a la consideración del Pleno del Senado, se estableció que las tropas podrán instalar retenes, pero deberán cumplir con un protocolo de respeto a los derechos humanos y garantías individuales.
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