El instituto ahorraría 200,000 mdp si baja a 10 veces el salario con el que fija pensiones: Mercer; sin embargo, la jurisprudencia de la Suprema Corte no le aplica al Seguro Social: consultorías.
Por: Isabel Mayoral Jiménez
CIUDAD DE MEXICO (CNNExpansión.com) — El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se ahorraría al menos 200,000 millones de pesos, si decide reducir de 25 a 10 veces el salario mínimo con el cual se fijan las pensiones de los jubilados que se retiren con la ley de 1973, estima la consultoría Mercer.
"En caso de que el instituto decidiera reducir las pensiones de los jubilados, alrededor de 120,000 personas potencialmente se verían afectadas que son las que estarían recibiendo arriba de 10 veces el salario mínimo vigente para el Distrito Federal", dijo Enrique Marín, director de Retiro en Latinoamérica Norte de esa consultoría.
Agregó que "sólo de estos pensionados, a valor presente la deuda del IMSS disminuiría 210,000 millones de pesos".
De alguna manera, esta decisión ayuda a las finanzas del IMSS, pero no le resuelve su situación financiera. A groso modo, esa cifra es la que ayudaría al instituto, no sería de inmediato y hay que ver los casos de aquellos que potencialmente se pueden jubilar en el futuro", mencionó.
Para el trabajador, si una persona se jubila a los 60 años con 30 años de haber cotizado en el sistema, y con 25 salarios mínimo, tendría derecho a una pensión de 21,000 o 22,000 pesos mensuales. Si se hiciera el cálculo a 10 veces el salario mínimo, considerando los mismos 30 años de cotización, el monto de la pensión sería de aproximadamente 9,000 pesos mensuales.
Rubén Dávalos, socio a cargo de la Práctica de Seguridad Social y Remuneraciones de la firma especializada en asesoría KPMG, expuso que con base en la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el IMSS no puede tomar la decisión de reducir las pensiones porque esa jurisprudencia no le aplica.
"Puede tomar la decisión de bajar las pensiones, argumentando que si fue criterio de la SCJN, es el criterio que debe aplicarse. Nosotros vemos que esto está empezando; la jurisprudencia nace y obedece a casos particulares que sí les aplicaba el tope de 10 veces el salario mínimo, pero ha hecho mucho ruido porque en esa jurisprudencia no se analizaron todos los supuesto que se van a presentar de aquí en adelante", explicó.
La conclusión del experto de KPMG es que sí puede haber un riesgo. "Puede haber trabajadores con posible pensión que se vean afectados, pero podrían ir al tribunal solicitando que no se les afecte en su pensión, bajo supuestos que hoy la corte no ha analizado y que les resultan aplicables".
Aunque dejó en claro que quien debe acudir a la corte es el jubilado, la persona que cuenta ya con una pensión o está en proceso de obtenerla. "Si alguien tenía derecho a llevarse su pensión de 25 veces y automáticamente le dan 10 veces, enfrenta un quebranto de 60%", destacó.
Advirtió que el panorama es complicado y hay incertidumbre. "Tendríamos que atender a una realidad financiera de la institución. Sin embargo, si se quisiera hacer algo para sanear las finanzas, más que entrarle a un punto de reducción de pensiones de aquellos que ya tienen un derecho adquirido, implicaría el aumento de cuotas o una reestructura de la propia ley para recaudar más y mejor".
Consideró que se debe mantener 25 veces el salario mínimo para fijar las pensiones, "porque al final del camino si el patrón, el trabajador hicieron las aportaciones que hoy están en la Afore, a pesar de que sean de la ley anterior, entonces su pensión debería ser de 25 veces el salario mínimo".
Vio poco que el IMSS diga sí a esta decisión. "Definitivamente de un análisis jurídico se debería estar concluyendo que la pensión debe ser el equivalente al promedio de lo que el trabajador o su patrón aportó; es decir, en la mayoría de los casos de aquellos que cotizaron con 25 veces, tendría que ser de 25 veces".
El medio de defensa que tienen los trabajadores que están por jubilarse sería el juicio o amparo, pero hasta el momento en que tramiten su pensión y la misma se la resuelvan.
Mientras que el trabajador no se jubile no puede meter juicio al IMSS porque no hay agravio, recomienda Carlos de la Fuente, socio especialista en Seguridad Social de Ernst & Young.
"Si el trabajador llega a entablar una demanda, su caso sería sobreseído por el simple hecho de presumir que sus intereses se verán afectados en el futuro. Mientras no se tenga una resolución por escrito, fundada y motivada, no puede ampararse".
A pesar de que las pensiones es un tema en donde la población había puesto poca atención, sin duda está generando ahora preocupación y de aplicarse sería una medida poco popular porque si bien afecta a un estrato de la población con ingresos un poco altos, hay obreros especializados que ganan más de 10 salarios mínimos.
"Tampoco hay que descartar la afectación a las empresas que tienen planes privados de pensiones. Si llegara a aplicarse esta reducción, que esperamos no sea así, muchos de los planes son complementarios; es decir, consideran lo que paga el IMSS y luego se paga otra cantidad adicional para llegar a un monto total".
Si el IMSS va a pagar menos, las empresas tendrían que poner ese dinero, justamente las que tienen planes de pensiones. "Insistimos hay dos efectos: el que sufrirían los trabajadores en su ingreso y el de las empresas que tienen planes privados de pensiones, y hay que apoyarlas para que sigan produciendo porque son las que generan fuentes de empleo y si ahora les dicen que son las que tienen que meter más dinero a los planes de pensiones iría contra las utilidades".
El ahorro que tendría el IMSS de bajar este monto, de 200,000 millones de pesos, sería razonable "pero es muy aventurado dar una cifra porque es muy complejo el problema. Lo que sí podemos anticipar es que considerando las contingencias que ya tiene establecidas el Instituto este segmento -que no es poca gente- no representaría una cantidad que solucione sus problemas financieros", apuntó.
La contingencia del IMSS, empezando por su propio régimen de jubilaciones y pensiones, por sí sola es una cantidad muy fuerte. A la fecha, sólo por el régimen de jubilaciones y pensiones de los trabajadores (RJP), esta contingencia es más de 1,000 millones de pesos.
"Este régimen de jubilaciones por desgracia también reveló que tenía problemas financieros, pero finalmente hay que jubilar a esos trabajadores y en los próximos años se van a pensionar más de 250,000 personas bajo el esquema del RJP del IMSS".
"Esta decisión de la SCJN no tiene vuelta atrás. Es un criterio que emitió a través de jurisprudencia y no tiene marcha atrás, a menos que la Corte cambie el criterio. Lo que queda es insistirle al IMSS que no se ampare en esta jurisprudencia para afectar las pensiones, porque los criterios jurisprudenciales no le son obligatorios a la autoridad y mucho menos autoridad administrativa. Si lo hace, empezarán a violar la ley y daría lugar a que iniciaran una serie de juicios en contra del instituto porque ya habría un criterio que le afecta al trabajador
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