domingo, 10 de octubre de 2010

TIENDA DE RAYA…


Por: Imelda Torres Sandoval
jurisagro@yahoo.com.mx
Entre la espada de los encuerados y el mandato de la ley…
El agrarismo en nuestro país, desafortunadamente, todavía es una cadáver fresco. Ha sido bandera de verdaderas luchas por la tierra, pero los más, han sido mercancía de mercenarios de la política, que han utilizado el agrarismo como puerta de entrada a curules, regidurías y prebendas millonarias en forma de fideicomisos o programas sociales.
Salinas de Gortari, de un plumazo, dio por terminado el reparto agrario en 1992, al reformar la Ley Federal de la Reforma Agraria, creando una nueva Ley Agraria bajo la premisa de una ya no hay tierras por repartir, y las que ya se repartieron, hay que hacerlas productivas.
Por ello, se le acabó el veinte a los movimientos campesinos para exigir dotación de tierras para crear ejidos. Por eso, curiosamente, desde hace veinte años surgieron grupos, como los de los 400 Pueblos, que para obtener tierras, invaden predios que tienen legítimo dueño y presionan a gobiernos municipales, estatales y federales, a expropiar dichos terrenos, pagarlos con dinero de nuestros impuestos, y comprar dichos terrenos para favorecer a dichos campesinos.
Esa es la magia de César del Ángel: encuerarse y tomar plazas públicas, son la forma idónea para presionar a gobiernos tibios. La forma correcta de gobernar es bajo el imperio de la ley y no bajo presiones de índole muy perversa: lo que menos importa es el despojo histórico del indígena, del campesino. Lo importante es su miseria, que se utiliza como moneda de cambio política.
La reflexión del desmadrito de los 400 Pueblos en Tuxpan es la siguiente:
¿Ya sienten pasos en la azotea por la próxima resolución del Amparo 449/2010, radicado en el Juzgado Octavo de Ditrito de Tuxpan, promovido por los campesinos de Guayabo?
Recuerden que la gente de Guayabo interpuso una denuncia en contra de los 400 Pueblos en el mes de febrero de 2008, argumentando que la legislación procesal penal de Veracruz otorga un plazo de 180 días hábiles al ministerio público para realizar una investigación ministerial, que debe concluir ya sea en reserva, archivo o ejercicio de la acción penal. Para los de Guayabo, ya pasaron dos años y medio, y es a partir de la presión judicial, a través de dicho amparo, que el ministerio público de Álamo se puso a trabajar en dicha investigación, congelada por misteriosas instrucciones.
El amparo no trata de darles la razón a priori, se trata de cumplir con el mandato constitucional y garantía de justicia pronta y expedita. La gente de Guayabo exige un juicio penal justo en el que puedan demostrar que fueron despojados de sus casas. Tienen pruebas y las harán valer ante la justicia penal.
¿Qué debe prevalecer: la presión de los cueros o el mandato de la ley?
Usted apreciable lector ¿Qué opina?
Hasta la próxima.

No hay comentarios:

Publicar un comentario