GUILLERMO BASURTO ORIGEL.
3/04/2011.
Los días últimos de cada mes, son sin lugar a duda, preocupantes para los proveedores del hogar. Fechas en las que se acumulan, todos los servicios contratados. Luz, Teléfono, Agua Potable, Internet, Televisión por Cable, Servidumbre, Pensión Alimenticia, y, cuantos cargos se les pueda ocurrir en esta vida moderna, siempre se concentran en los últimos días de cada mes. Así las cosas, en esta apacible, tranquila y ahora amable ciudad de Tuxpan, en el estado de Veracruz, recibí con resignación mi recibo de consumo de Agua entubada que cobra la Oficina Operadora de la CAEV administrada ahora por el Dr. Antonio M. Kokke Rocha. Mis ojos se fueron inmediatamente y con desesperación a consultar el monto a pagar. Mi ritmo cardiaco se normalizó al consultar con mi cartera y advertir que podría solventar la cantidad reclamada en el recibo.
Apoltronado en el sillón de mi estudio, observo que adherido a la factura de pago, se encuentra un tríptico con un mensaje promovido por la Operadora Municipal de Agua. Suspendo mi primera intención de echarlo al cesto de la basura y procedo a su lectura, cuando encuentro en el contenido del tríptico de marras, una advertencia, exhorto o amenaza a la ciudadanía, que textualmente lo reproduzco: “Recuerda que para evitar pagar multas equivalentes entre 10 a 10,000 días de salario mínimo vigente en el área geográfica es necesario que, No incurrir en los siguientes hechos: …, …, …, …, Realizar campañas, con el objeto de incitar a la comunidad a incumplir con la ley” Paralizado por el terror, pensando en un régimen fascista, para que una autoridad administrativa distribuidora de agua pudiera calificar y sancionar a un ciudadano cuando ESTÉ REALIZANDO UNA CAMPAÑA DE INCITACIÓN CIUDADANA EN CONTRA DE LA LEY, cuando en los últimos años de mi instrucción media, mis maestros me dijeron que esto correspondía a una autoridad judicial (si acaso, toda vez que tal delito no se encuentra tipificado), angustiado, me lancé a estudiar la Ley de Aguas del Estado de Veracruz, con la esperanza que esta interpretación del Dr. Kokke, fuera un error; Pero ¡Oh sorpresa! ¡Efectivamente! nuestros letrados e instruidos legisladores locales, incorporaron en la fracción XXV del artículo 148 de la citada ley, tal prevención, así, tal y como la difunde magistralmente, el ahora el administrador municipal de la CAEV. (Sugiero y promuevo al menos, ponerles orejas de burros y emplumar a los diputados de nuestro IV distritos responsables de esta ley y sus reformas.
Digo Burros para no ofenderlos con palabras agraviantes). ¡En la Madre! (pensé para mis adentros) y yo que pensaba convocar a la ciudadanía para realizar una manifestación y protesta ciudadana en la próxima temporada de lluvias para protestar por la calidad del agua-lodo que nos suministra la CAEV. Yo que pensaba sugerir a la ciudadanía enderezar sendas denuncias judiciales por daños a la salud totalmente acreditados por el producto que distribuye la CAEV. Yo que pensaba recolectar firmas para incitar a la ciudadanía y promover reformas a la Ley a través de nuestros diputados.
No!! Ahí la dejamos, porque la CAEV me puede multar hasta con $500, 000.00, tan solo… por este artículo. Así que ya lo sabe mi estimado ciudadano, el agua-lodo se lo traga sin chillar so pena de multa adicional. Correo: memobasu@hotmail.com
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