El juez primero de primera instancia Roberto Paredes Sánchez, dio a conocer a éste medio de comunicación que la liberación del ex presidente municipal Juan Ramón Ganem Vargas se debió al desistimiento de las acciones por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado, toda vez que hasta el ministerio público especializado y al mismo tiempo ante el juzgado primero de primera instancia llegaron el pasado martes un pedimento y anexo del Procurador de Justicia, Reynaldo Escobar Pérez con el número de oficio PGJ/OP/6165/2011 cuyo asunto era el desistimiento de acción de la justicia en contra del ex funcionario en cuestión y por lo tanto de las demás personas señaladas: el ex director de obras públicas Prócoro Vázquez, el ex síndico único Avelino González Cárdenas, el ex regidor comisionado en obras pública Jesús Carballo Serrano, entre algunos otros. Dicho documento contiene la rúbrica del titular de la PGJE.
El juez en cuestión, mencionó que recibieron también otros oficio con el número PGJ/OP/6164/2011 con el mismo punto a tratar respecto al mencionado desistimiento con el cual obtuvo su liberación Juan Ramón Ganem Vargas. El representante del juzgado primero de primera instancia dijo que cuando se dan éste tipo de cuestiones, el órgano jurisdiccional ya no puedo continuar con las acciones, toda vez que se debe dar cumplimiento al artículo 305 fracción II del código penal en donde se establece claramente que cuando el ministerio público se desiste, esto debe ser respetado, tal y como se hizo el día de ayer a decir de Roberto Paredes.
Manifestó que la denuncia contra el ex alcalde correspondía únicamente al ejercicio fiscal del 2009, mismo al que se hace referencia en su liberación.
Recordó que el daño total encontrado, mejor conocido como detrimento económico en dicho ejercicio fue de 8 millones 298 mil 175 pesos con 93 centavos, mismos que fueron producto de las retenciones de Impuestos Sobre la Renta ISR por un aproximado de 8 millones 117 mil 494 pesos y 20 centavos, además de la retención en impuestos de aspectos profesionales por 135 mil 272 pesos, así como también por gastos excesivos en dos obras una de ellas con un incremento de 17 mil 321 pesos con 35 centavos y la otra por 28 mil 087 pesos y 62 centavos, dando un total en ésta materia de 45 mil 408 pesos.
El juez fue reiterativo al mencionar que se cumplió con lo que marca el código penal en su artículo 305 fracción II, casi de inmediato al recibir los oficios de la Procuraduría General de Justicia del Estado y del ministerio público especializado con el desistimiento correspondiente a las acciones penales en contra del ex munícipe Juan Ramón Ganem Vargas y demás colaboradores arriba mencionados.
1 comentario:
arriba el PRI y su camarilla en el PRI todos somos HONRRADOS asi que sigan votando por nosotros nosotroos los acusamos nosotras los perdonamos amen
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