sábado, 8 de diciembre de 2012

Ley de Vertimientos… no apta para el medio ambiente

La iniciativa presentada por Felipe Calderón durante su mandato es ambigua en definiciones y sanciones, lo que representa un alto riesgo para el entorno natural

4 de diciembre, 2012.- Nada más arriesgado en una ley que su imprecisión. En octubre pasado, el entonces presidente Felipe Calderón envió al Senado de la República, la iniciativa de Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas - misma que se encuentra en proceso de ser dictaminada-, pero tal como está redactada representaría un grave riesgo para el medio ambiente en caso de ser aprobada por la Comisión de Marina y por la Comisión de Estudios Legislativos Segunda.

Greenpeace realizó un análisis sobre la propuesta del ex presidente Calderón, comparándola con el Reglamento vigente para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar por Vertimientos de Desechos y Otras Materias, resaltando los puntos que deben modificarse para evitar su carácter ambiguo.
La definición de vertimiento de la iniciativa de ley propuesta excede la definición del marco aún vigente, puesto que adiciona el supuesto de que la fuente -desde la cual se realiza el vertimiento- puede ser desde tierra; además de que añade el supuesto de vertimientos accidentales, antes no previstos.
La iniciativa enuncia las conductas que constituyen infracción, pero éstas no van acompañadas de sanciones, es en otro artículo donde se establecen de forma genérica las penalidades para todos lo casos. Dicha falta de precisión deja totalmente abiertas las sanciones, otorgando una absoluta discrecionalidad a la autoridad encargada de la aplicación y, por otro lado, puede ser un obstáculo para la efectiva imposición de las sanciones. Una ley clara, debería establecer la sanción correspondiente a cada uno de los supuestos de infracción.
En el caso de las Excepciones de Responsabilidad, la iniciativa es confusa y de una generalidad preocupante: en una de las fracciones correspondientes a este capítulo se establece que se constituirá como excepción cualquier vertido que determine la Secretaría de Marina (Semar). Al tratarse de una ley cuyo objeto es el “control y prevención de la contaminación o alteración del mar por vertimientos en las zonas marinas mexicanas”, las excepciones que puedan eximir de responsabilidad deben ser puntuales y precisas.
Otro artículo referente a las Excepciones, también es ambiguo, debido a que incorpora el caso fortuito como un supuesto caso de fuerza mayor. La ley debe ser clara respecto a la distinción entre ambos términos, ya que esta ambigüedad influye sobre la responsabilidad y puede abrir la puerta a evasión abusiva de las sanciones.
En su Artículo 26, la iniciativa prevé que las modificaciones de los términos y condiciones del permiso de vertimiento se realicen únicamente a solicitud de parte interesada y cuando concurran determinadas circunstancias. Es temerario dejar totalmente a cargo de los solicitantes de permisos dichas modificaciones.
En relación a la inspección y vigilancia, la iniciativa de ley en su Artículo 28 señala que las visitas de verificación y vigilancia las llevarán a cabo personal acreditado por la Semar. Si por ‘personal acreditado’ se deben entender verificadores particulares, es fundamental que se reconsidere esa postura porque -por la manera en que está redactada- podría favorecer una industria de la acreditación en detrimento de funciones de las que los Estados no deben relevarse, como son las facultades de inspección y vigilancia.
La iniciativa de ley prevé la elaboración de un Acuerdo a cargo de la Semar; en donde se definirán los desechos, materiales o sustancias que no pueden ser objeto de vertimiento, así como sus límites máximos permisibles. Sin embargo, ni en el texto de la iniciativa, ni en los artículos transitorios, se marcan tiempos para la emisión de este Acuerdo lo que implicaría que podría existir marco legal para permiso de vertidos antes de especificar la naturaleza específica de los mismos.

Greenpeace hace un llamado al Poder Legislativo, específicamente a las Comisiones de Marina y Estudios Legislativos Segunda para que modifiquen los términos actuales de la iniciativa, por tratarse de una propuesta confusa, con tintes discrecionales y que representa un serio peligro para el medio ambiente. Además debería ser turnada, de igual modo, a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Senado, dada la materia de la misma.
Fuente: Greenpeace...

No hay comentarios: