martes, 11 de marzo de 2008

ADMITE LA SCJN ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CONTRA DEL CODIGO ELECTORAL DE VERACRUZ...


La promovió Luis Maldonado, presidente del CEN de Convergencia

• El acuerdo, del ministro Genaro David Góngora Pimentel
• Emplaza a los poderes Ejecutivo y Legislativo del estado
• El texto impugnado se publicó el pasado 1° de febrero


En su carácter de instructor del procedimiento, Genaro David Góngora Pimentel, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió la acción de inconstitucionalidad promovida por el presidente del CEN de Convergencia, Luis Maldonado Venegas, en contra de algunos artículos del Código Electoral del Estado de Veracruz.

Los poderes Ejecutivo y Legislativo de esa entidad federativa, por ser quienes respectivamente emitieron y promulgaron las normas impugnadas, fueron emplazados a documentar los antecedentes jurídicos en que se apoyaron para reformar y adicionar diversos preceptos del Código Electoral Estatal.

Se trató de la reforma a la fracción VIII del artículo 120; reforma a la fracción XXXIX y adición de una nueva fracción XXXIX bis del artículo 123 y reforma al primer párrafo del artículo 129.

El decreto correspondiente, marcado con el número 236, fue publicado el 1° de febrero del año en curso en la Gaceta Oficial del estado, que dirige la Lic. Rossana Poceros Luna.

De acuerdo con la argumentación jurídica presentada por el presidente de Convergencia, estas reformas y la adición, violentan en forma flagrante al menos 11 artículos de la Constitución General de la República, nueve de la Constitución Política del Estado de Veracruz y, en consecuencia, el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo de la entidad, porque conceden al Presidente del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano facultades indebidas para proponer los nombramientos del Secretario Ejecutivo y del Contralor Interno del propio instituto

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