Hacienda propone mantener estímulos fiscales, exenciones y simplificación tributaria y regulatoria; el régimen del ISR aplicable a intereses reales entrará en vigor en 2012 y no en 2011.
Por: Isabel Mayoral Jiménez
CIUDAD DE MEXICO (CNNExpansión.com) — El Gobierno federal presentó ayer miércoles al Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011 y los Criterios Generales de Política Económica correspondientes.
Aunque no propone modificaciones sustantivas a la legislación, normatividad y procedimientos que rigen el actual marco fiscal, ni considera la creación de nuevos gravámenes como tampoco el incremento a las tasas de los impuestos vigentes, sí plantea reformas a la Ley Federal de Derechos para realizar una simplificación tributaria y regulatoria, así como un régimen fiscal especial de Petróleos Mexicanos (Pemex) para aguas profundas y Chicontepec, y el mantenimiento de estímulos fiscales.
"Hay un avance muy importante en la simplificación de la Ley de Derechos, al eliminarse un número importante de derechos. Esto continúa con el proceso de simplificación que inició con la eliminación de declaraciones mensuales, anuales, obligatoriedad de dictámenes fiscales, se facilitó la disminución de impuestos y esto complementa lo que se hizo en el pasado", dijo Ernesto Cordero, Secretario de Hacienda y Crédito Público.
La Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para 2011 plantea:
1. Continuar la disminución de las multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, con excepción de las impuestas por declarar pérdidas fiscales en exceso y las contempladas en el artículo 85, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, relacionadas con acciones impropias cometidas en visitas domiciliarias.
2. Continúan diversos estímulos fiscales, entre los que destacan:
a. Acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) causado por la enajenación de diesel, adquirido para su consumo final por contribuyentes de los sectores agrícola, ganadero, pesquero, del transporte público y privado de personas o de carga.
El diesel utilizado por los vehículos de baja velocidad o de bajo perfil que por sus características no estén autorizados para circular por sí mismos en carreteras federales o concesionadas no dará derecho al acreditamiento.
b. Acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta por el 50 % del monto erogado por ese concepto, tratándose de contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado de personas o de carga que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público no otorgará estímulos fiscales ni subsidios en materia de comercio exterior, así como a cajas de ahorro y sociedades de ahorro y préstamo.
3. Continúan las exenciones:
a. Del impuesto sobre automóviles nuevos, para las personas físicas y morales que enajenen al público en general o importen automóviles eléctricos o híbridos.
b. Del derecho de trámite aduanero, para las personas que importen gas natural.
4. Los patrones que regularicen sus adeudos con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, gastos realizados por el IMSS por inscripciones improcedentes y los que éste tenga derecho a exigir de los no derechohabientes, podrán solicitar la condonación de recargos y multas, siempre que paguen el total de adeudos en una exhibición, conforme a lo siguiente:
a. Manifestar por escrito al IMSS, a más tardar el 31 de marzo de 2011, que se acogerán al beneficio, indicando la fecha en que pagarán los adeudos, para lo cual deberán garantizar el interés fiscal
Por: Isabel Mayoral Jiménez
CIUDAD DE MEXICO (CNNExpansión.com) — El Gobierno federal presentó ayer miércoles al Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011 y los Criterios Generales de Política Económica correspondientes.
Aunque no propone modificaciones sustantivas a la legislación, normatividad y procedimientos que rigen el actual marco fiscal, ni considera la creación de nuevos gravámenes como tampoco el incremento a las tasas de los impuestos vigentes, sí plantea reformas a la Ley Federal de Derechos para realizar una simplificación tributaria y regulatoria, así como un régimen fiscal especial de Petróleos Mexicanos (Pemex) para aguas profundas y Chicontepec, y el mantenimiento de estímulos fiscales.
"Hay un avance muy importante en la simplificación de la Ley de Derechos, al eliminarse un número importante de derechos. Esto continúa con el proceso de simplificación que inició con la eliminación de declaraciones mensuales, anuales, obligatoriedad de dictámenes fiscales, se facilitó la disminución de impuestos y esto complementa lo que se hizo en el pasado", dijo Ernesto Cordero, Secretario de Hacienda y Crédito Público.
La Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para 2011 plantea:
1. Continuar la disminución de las multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, con excepción de las impuestas por declarar pérdidas fiscales en exceso y las contempladas en el artículo 85, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, relacionadas con acciones impropias cometidas en visitas domiciliarias.
2. Continúan diversos estímulos fiscales, entre los que destacan:
a. Acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) causado por la enajenación de diesel, adquirido para su consumo final por contribuyentes de los sectores agrícola, ganadero, pesquero, del transporte público y privado de personas o de carga.
El diesel utilizado por los vehículos de baja velocidad o de bajo perfil que por sus características no estén autorizados para circular por sí mismos en carreteras federales o concesionadas no dará derecho al acreditamiento.
b. Acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta por el 50 % del monto erogado por ese concepto, tratándose de contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado de personas o de carga que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público no otorgará estímulos fiscales ni subsidios en materia de comercio exterior, así como a cajas de ahorro y sociedades de ahorro y préstamo.
3. Continúan las exenciones:
a. Del impuesto sobre automóviles nuevos, para las personas físicas y morales que enajenen al público en general o importen automóviles eléctricos o híbridos.
b. Del derecho de trámite aduanero, para las personas que importen gas natural.
4. Los patrones que regularicen sus adeudos con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de cuotas obrero patronales, capitales constitutivos, gastos realizados por el IMSS por inscripciones improcedentes y los que éste tenga derecho a exigir de los no derechohabientes, podrán solicitar la condonación de recargos y multas, siempre que paguen el total de adeudos en una exhibición, conforme a lo siguiente:
a. Manifestar por escrito al IMSS, a más tardar el 31 de marzo de 2011, que se acogerán al beneficio, indicando la fecha en que pagarán los adeudos, para lo cual deberán garantizar el interés fiscal
No hay comentarios:
Publicar un comentario