viernes, 26 de noviembre de 2010

PROSTITUTAS AL EXILIO MEDIÁTICO.


• GUILLERMO BASURTO ORIGEL.

Cuando naces para maceta, no sales del corredor… Refrán que pudiera aplicarse a plenitud a la diputada plurinominal del PAN por Yucatán, Rosa Adriana Díaz Lizama y a su homóloga también diputada Panista por el Distrito con cabecera en la Delegación Gustavo A. Madero en el D.F. Rosi Orozco. La primera, pasante de derecho, y la segunda técnica en Hotelería y Presidenta de la Comisión Especial de la XLI Legislatura: “Lucha contra la Trata de Personas”. ROSI OROZCO, que es su nombre artístico, defiende su negativa a que se dé a conocer su verdadero nombre en la página del Congreso. Sus razones tendrá.

Ambas diputadas, embaucaron a un buen número de diputados azules que se adhirieron a su INICIATIVA DE LEY CON PROYECTO DECRETO para reformar los artículos 3 y 33 de la LEY SOBRE DELITOS DE IMPRENTA. Dicha iniciativa jurídica, no se puede concebir más allá de unas mentes enfermas, esquizofrénicas y calenturientas, sin el conocimiento más elemental de su ejercicio y de la realidad nacional. Pecado que compartirán esos azules firmantes, condescendientes y complacientes de esa descabellada aventura legislativa federal, cuando el propio jerarca de la iglesia católica, el Papa Benedicto XVI recién aprobó el uso del condón, en prostitutas responsables que buscan la protección de sus parejas. Literalmente salieron más papistas que el Papa.

En su exposición de motivos, las garantes y defensoras de las buenas costumbres, exponen que:
Para la libertad de expresión en México, “existen restricciones impuestas por la tutela de bienes jurídicos considerados como superiores, mismas que son señaladas en el artículo 6o. de nuestra propia Constitución General de la República, al prever como límites a la libertad de expresión, el ataque a la moral, los derechos de terceros, la provocación de algún delito o la perturbación del orden público”, continúan señalando las rupestres legisladoras que: “algunos medios de comunicación, destinan espacios para la comercialización de servicios sexuales; en la mayoría de los casos, dichos anuncios incluyen las características físicas de los oferentes, los servicios que brindan, teléfonos y ubicación; algunos más bajo los esquemas de “casas de masajes”, “salas”, “relax” u otra serie de denominaciones, enunciados de promoción y oferta con tendencia sexual”.

Por lo anterior, proponen sancionar a los medios impresos que anuncien servicios de trabajadoras sexuales, con penalizaciones de hasta 2 años de prisión y/o $50,000.00 al director del periódico que anuncie tales servicios profesionales, bajo el argumento, que en tales anuncios, se pueden esconder actividades ilícitas como la trata de personas y explotación de infantes.

Bueno… en congruencia con sus argumentos, estas insatisfechas legisladoras, debieran prohibir el anuncio de venta de vehículos (pudieran ser robados), venta de ganado (pudiera ser producto del abigeato), venta de enseres domésticos (pudieran ser de contrabando chino), ofertar servicios profesionales (pudieran no tener licencia profesional), convocatorias públicas a concursos de obra (pudieran estar amañados), promociones políticas de candidatos (pudieran ser rateros) y en fin, toda actividad comercial, profesional y electoral, que potencialmente pudiera implicar colateralmente un ilícito en su ejercicio.

Este par de legisladoras, pretenden esconder en argumentos baladíes, sus traumas de infancia o enconos conyugales, con cargo al presupuesto federal.

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