viernes, 30 de diciembre de 2011

COYUNTURA POLÍTICA XXI…EL FANTASMA DE LA ANULACIÓN EN MICHOACÁN


Raúl Abraham López Martínez*

En la ruta por la disputa del poder en Michoacán en la madrugada del 28 de diciembre la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con sede en Toluca decidió anular la elección municipal de Morelia.

Los magistrados que decidieron anular el resultado que favorecía al candidato de la colación PRI-PVEM, Wilfrido Lázaro Medina, señalaron que se presentaron graves violaciones al Artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Según el resolutivo del tribunal, el cual se puede consultar en http://portal.te.gob.mx/ ,dos hechos jugaron un papel preponderante para anular esta elección. Sobre el primer hecho, los magistrados se refieren a la aparición de Wilfrido Lázaro (ex candidato del PRI a la presidencia municipal de Morelia) por un tiempo de casi 5 minutos en la transmisión por televisión de paga del cierre de campaña del candidato a gobernador del mismo partido, Fausto Vallejo. El segundo hecho al cual hacen referencia se centra en la aparición en televisión a nivel nacional, justo un día antes de la anulada jornada electoral, del boxeador Juan Manuel Márquez quien se presentó vestido en el ring de pelea con un emblema del PRI.

Con esta decisión el Tribunal Electoral ha mandado prácticamente al PRI en Morelia a la lona del ring de la disputa electoral, corriendo el peligro de que este mismo tribunal vaya a anular la elección de gobernador de Michoacán cuyo resultado favoreció a Fausto Vallejo candidato del PRI-PEVEM.

Esta posible anulación de la elección de gobernador se desprende del reconocimiento que han hecho los propios magistrados del tribunal en calificar como ilegal la contratación de 45 minutos en televisión de paga para transmitir el cierre de campaña del candidato a gobernador del PRI.

Lo anterior en congruencia con el Apartado A del Inciso III del Artículo 41 de la Constitución que mandata lo siguiente: “Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión”.

Desde el punto de vista del fortalecimiento de la democracia es de aplaudir la decisión que tomó el Tribunal Electoral, la cual representa un importante esfuerzo por castigar conductas políticas que alteran el respeto a las reglas del juego electoral.

Igualmente, este resolutivo que anula la elección de Morelia, marca un relevante precedente jurídico el cual puede impactar en futuras decisiones que el Tribunal Electoral tenga que resolver en el contexto del proceso electoral federal del 2012.

¡Feliz año nuevo!

*Director de la Revista Digital Independiente Voz Universitaria www.vozuniversitaria.org.mx

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